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Sagot :
La Real Casa de Contratación de Indias fue una institución que se estableció en 1503, por decretos reales de 10 de enero y 14 de febrero, con sede en Sevilla, creada para fomentar y regular el comercio y la navegación con el Nuevo Mundo. Su denominación oficial era Casa y Audiencia de Indias y estableció un asiento que dio como fruto un monopolio de comercio con las Indias en el nuevo mundo. Estaba regulada de acuerdo a las Ordenanzas expedidas en Alcalá de Henares en el momento de su creación, y entre sus finalidades se especificaban las de "recoger y tener en ella, todo el tiempo necesario, cuantas mercaderías, mantenimientos y otros aparejos fuesen menester para proveer todas las cosas necesarias para la contratación de las Indias; para enviar allá todo lo que conviniera; para recibir todas las mercaderías y otras cosas que de allí se vendiese, de ello todo lo que hubiese que vender o se enviase a vender e contratar a otras parte donde fuese necesario". Su reglamento fue modificado por las Ordenanzas expedidas en Monzón en 1510 y toda la legislación referente a este organismo se imprimió en 1522.
El Real y Supremo Consejo de Indias, conocido simplemente como Consejo de Indias, fue el órgano más importante de la administración indiana (América y las Filipinas), ya que asesoraba al Rey en la función ejecutiva, legislativa y judicial.
No tenía una sede física fija, sino que se trasladaba de un lugar a otro con el Rey y su Corte. Este consejo actuaba con el monarca y, en algunas materias excepcionales, actuaba solo.
Como ves no son lo mismo mientras la casa de contratación era una institución con sede fija en Sevilla y de índole comercial para regular el comercio con las "Indias" El consejo de Indias no tiene sede fija y se traslada al lugar donde este el rey y su función era asesorar al re en sus funciones ejecutiva, legislativa y judicial.
El Real y Supremo Consejo de Indias, conocido simplemente como Consejo de Indias, fue el órgano más importante de la administración indiana (América y las Filipinas), ya que asesoraba al Rey en la función ejecutiva, legislativa y judicial.
No tenía una sede física fija, sino que se trasladaba de un lugar a otro con el Rey y su Corte. Este consejo actuaba con el monarca y, en algunas materias excepcionales, actuaba solo.
Como ves no son lo mismo mientras la casa de contratación era una institución con sede fija en Sevilla y de índole comercial para regular el comercio con las "Indias" El consejo de Indias no tiene sede fija y se traslada al lugar donde este el rey y su función era asesorar al re en sus funciones ejecutiva, legislativa y judicial.
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