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alguien me puede decir cual es  el articulo 406 y 425 de la lopna porfaaa

Sagot :

Artículo 406. ConceptoLa adopción es una institución de protección que tiene por objeto proveer al niño o al adolescente, apto para ser adoptado, de una familia sustituta, permanente y adecuada

Artículo 425. Efectos de Filiación. La Adopción confiere al adoptado la condición de hijo y a los adoptantes la condición de padres.