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Sagot :
Noooo!!!... las normas jurídicas son bilaterales porque otorgan por una parte derechos y por la otra parte obligaciones, ahí está la bilateralidad, pero no todas las normas son bilaterales, también hay normas unilaterales, es decir que solo te otorgan obligaciones, como ejemplo el código fiscal. la característica de ser impero-atributivas es otra cosa; esto es, una atribución imperativa, es decir que no es cuestionable por los particulares, así, la ley se cumple porque se cumple, sin que necesite nada que la sustente, porque se supone que ya pasó por todo un proceso legislativo y tiene fuerza propia. sin embargo no todas las leyes son impero-atributivas, las hay facultativas o voluntarias. como ves son cosas muy distintas una de la otra, por lo tanto la bilateralidad de la norma, no implica que a fuerzas tenga que ser impero-atributiva. Saludos
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