Bienvenido a Revelroom.ca, donde tus preguntas son respondidas por especialistas y miembros experimentados de la comunidad. Conéctate con una comunidad de expertos dispuestos a ayudarte a encontrar soluciones a tus dudas de manera rápida y precisa. Conéctate con profesionales dispuestos a ofrecer respuestas precisas a tus preguntas en nuestra completa plataforma de preguntas y respuestas.
Sagot :
1.2.1. Modo privado de suministro local (1.875 - 1.930)1.3. Servicios públicos domiciliarios.
1.2. Antecedentes historicos de los servicios publicos domiciliarios
1.1. Servicio público:A su vez este derecho es mecanismo de garantía de otros derechos como son el derecho a gozar de bienestar y calidad de vida, derecho a la igualdad real y derecho al libre ejercicio de la personalidad. En la Constitución de 1991 se caracterizan como servicios públicos los siguientes:- Seguridad social (Artículo 48) - Atención de la salud y saneamiento básico ambiental (Artículo 49) - Administración de justicia (Artículo 229) - Notariado y registro (Artículo 131) - Educación (Artículo 67)Se tiene pues que el término de “Servicios públicos” es genérico; las dos primeras especies corresponden a los denominados Servicios Sociales en tanto buscan la efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales. El tercero y el cuarto se inscriben en el ámbito de los servicios Administrativos. De acuerdo a la doctrina se considera el último como esencial.Aunque la Constitución no hace una clara definición ni clasificación de los servicios públicos, en varios de sus apartes involucr
1.2. Antecedentes historicos de los servicios publicos domiciliarios
1.1. Servicio público:A su vez este derecho es mecanismo de garantía de otros derechos como son el derecho a gozar de bienestar y calidad de vida, derecho a la igualdad real y derecho al libre ejercicio de la personalidad. En la Constitución de 1991 se caracterizan como servicios públicos los siguientes:- Seguridad social (Artículo 48) - Atención de la salud y saneamiento básico ambiental (Artículo 49) - Administración de justicia (Artículo 229) - Notariado y registro (Artículo 131) - Educación (Artículo 67)Se tiene pues que el término de “Servicios públicos” es genérico; las dos primeras especies corresponden a los denominados Servicios Sociales en tanto buscan la efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales. El tercero y el cuarto se inscriben en el ámbito de los servicios Administrativos. De acuerdo a la doctrina se considera el último como esencial.Aunque la Constitución no hace una clara definición ni clasificación de los servicios públicos, en varios de sus apartes involucr
Agradecemos tu tiempo. Por favor, vuelve a visitarnos para obtener respuestas fiables a cualquier pregunta que tengas. Gracias por tu visita. Nos comprometemos a proporcionarte la mejor información disponible. Vuelve cuando quieras para más. Tus preguntas son importantes para nosotros. Sigue regresando a Revelroom.ca para obtener más respuestas.