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Sagot :
Si mal no estoy tiene que ver con El Tratado de Límites de 1881................ Que fue firmado en ese año entre la República Argentina y la República de Chile para fijar los límites precisos entre ambas naciones a lo largo de toda su frontera común.
El anterior Tratado de Límites de 1856 acordaba la aplicación del principio del Uti possidetis iure, ordenamiento legal bajo la base de que los nuevos estados, al pasar a la vida independiente, tendrían como fronteras las que le corresponderían de las colonias españolas cuando formaban parte integrante del imperio español como un virreinato, capitanía general o audiencia, para el año 1810, último de la monarquía española para la posesión legítima de sus colonias de América. En un principio ambos estados interpretaron de manera similar los registros coloniales, aunque estos no era conocidos muy exhaustivamente. Las Reales Cédulas a menudo eran contradictorias o superponían jurisdicciones pues el conocimiento del territorio aún en 1810 era limitado, en especial el de la parte austral del continente.
Posteriormente, ambos países pasaron a obrar bajo el concepto de terra nullius intentando crear colonias en tierras no ocupadas por el otro país.
Desde entonces se buscaba una demarcación fronteriza factible y que satisficiera los intereses de ambas naciones.
El Tratado se firmó en la ciudad de Buenos Aires el 23 de julio de 1881 por Francisco de B. Echeverría, Cónsul General de Chile en Buenos Aires y el Doctor Bernardo de Irigoyen, Ministro de Relaciones Exteriores de la Argentina en representación de los presidentes de las respectivas naciones y fue ratificado en Santiago de Chile el 22 de octubre de 1881.
En la actualidad el tratado continúa siendo válido, ya que no ha sido modificado por ningún otro posterior.
Saludos desde Colombia.. Suerte!
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