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Sagot :
Respuesta:
1)Voto Electrónico. En julio del año 2005 se dio la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 28581, que autorizó a la ONPE a la implementación del voto electrónico de forma progresiva y gradual con medios electrónicos e informáticos o cualquier otra modalidad tecnológica
2)En las redes sociales te habisan voca de hurna o flash rapidos u/o otras cosas de los votos o partidos
3)Prohibir los aportes en efectivo (con la única excepción de las pequeñas donaciones), para alentar la bancarización y poder trazar y controlar el dinero que circula en política.Permitir aportes de personas jurídicas (empresas y sindicatos) a los partidos y a las campañas, con montos máximos que impidan el predominio de un donante o sector y excluyendo a quienes tienen un conflicto de interés. Reconsiderar esta prohibición ayudaría a alentar la formalización de los aportes de campaña que se realizan informalmente o través de los partidos.Permitir la reversibilidad de los aportes para que las agrupaciones políticas puedan rechazar contribuciones que estén prohibidas por ley o de los cuales no puedan demostrar su origen.
Saludos de Totixd:)
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