Revelroom.ca facilita la búsqueda de soluciones para preguntas cotidianas y complejas con la ayuda de nuestra comunidad. Nuestra plataforma ofrece una experiencia continua para encontrar respuestas fiables de una red de profesionales experimentados. Únete a nuestra plataforma para obtener respuestas fiables a tus interrogantes gracias a una amplia comunidad de expertos.

explica la relación que existe entre las siguientes imágenes y las ideas de las doctrina positivista​

Sagot :

Respuesta:

El antagonismo entre la doctrina del derecho natural y el positivismo

jurídico, imperante en todo tiempo en la Filosofía del Derecho, es un

caso especial del antagonismo más general, existente dentro de la filosofía,

entre la especulación metafísica y el positivismo empírico-científico. Este

último, en oposición consciente a aquélla, limita el objeto del conoci-

miento a lo dado en la experiencia externa e interna, y en este sentido,

a lo real o idealmente existente, como lo único cognoscible. Porque la

doctrina del derecho natural es una “metafísica del derecho”, mientras

que el positivismo jurídico sólo admite un saber del derecho cuyo objeto

es el derecho “positivo”, esto es, el derecho creado mediante actos de

voluntad de los hombres, mediante la legislación y la costumbre.

La doctrina del derecho natural es una “metafísica” del derecho en

cuanto está caracterizada –como la metafísica idealista de Platón– por

un dualismo fundamental: así como en la doctrina platónica de las ideas

el mundo empírico se contrapone y se subordina al mundo trascendente,

cuya función consiste en explicar y sobre todo justificar a aquél, en la

doctrina del derecho natural, el derecho positivo, creado por los hombres,

se contrapone y se subordina a un derecho que no es creado por los

hombres, sino que proviene de una instancia suprahumana y cuya fun-

ción consiste en explicar y sobre todo justificar a aquél.

La doctrina del derecho natural es –en contraposición al positivismo

jurídico como doctrina “realista”– una doctrina jurídica idealista. Porque

* Publicado originalmente en Revista Jurídica de Buenos Aires, nro. IV, Buenos Aires,

Departamento de Publicaciones, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Universidad

de Buenos Aires, 1961, pp. 9-45. Traducción realizada por Eugenio Bulygin.

** (1881-1973). Jurista, filósofo y político austríaco.

Academia. Revista sobre enseñanza del Derecho

año 6, número 12, 2008, ISSN 1667-4154, págs. 183-198