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CONCEPTO DE DELITO EN EL CODIGO PENAL

Sagot :

Respuesta:

Delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales. En los delitos de resultado material también será atribuible el resultado típico producido al que omita impedirlo, si éste tenia el deber jurídico de evitarlo

Explicación:

Respuesta:

Delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales. En los delitos de resultado material también será atribuible el resultado típico producido al que omita impedirlo, si éste tenia el deber jurídico de evitarlo.

Explicación:

Artículo 1o.- Este Código se aplicará en toda la República para los delitos del orden federal.

Artículo 2o.- Se aplicará, asimismo:

I. Por los delitos que se inicien, preparen o cometan en el extranjero, cuando produzcan o se pretenda

que tengan efectos en el territorio de la República; o bien, por los delitos que se inicien, preparen o

cometan en el extranjero, siempre que un tratado vinculativo para México prevea la obligación de

extraditar o juzgar, se actualicen los requisitos previstos en el artículo 4o. de este Código y no se

extradite al probable responsable al Estado que lo haya requerido, y

II.- Por los delitos cometidos en los consulados mexicanos o en contra de su personal, cuando no

hubieren sido juzgados en el país en que se cometieron.

Artículo 3o.- Los delitos continuos cometidos en el extranjero, que se sigan cometiendo en la

República, se perseguirán con arreglo a las leyes de ésta, sean mexicanos o extranjeros los delincuentes.